ESTATUTOS
RED
PARA EL ANÁLISIS DE LA CALIDAD AMBIENTAL EN AMÉRICA LATINA
- RACAL -
CAPÍTULO
I
Definición, objeto e integración
Artículo 1o. Definición: la Red para el Análisis Químico Ambiental
en América Latina, RAQAL, se constituyó el 20 de marzo de 1991, como
resultado de las resoluciones del primer Taller de Química Analítica
para la protección del ambiente en América Latina, efectuado en San José
Costa Rica.
Derivado
de la ampliación en cuanto a la cobertura de trabajo, para brindar apoyo
y participación a miembros de otras instituciones y laboratorios que
desarrollan otro tipo de metodología para el análisis ambiental, el 22
de septiembre de 1999, en la Ciudad de Lima República del Perú, se
solicitó la modificación del nombre de la Red, el cual por Acuerdo de
la Asamblea General se cambió por: RED PARA EL ANÁLISIS DE LA CALIDAD
AMBIENTAL EN AMÉRICA LATINA, RACAL.
Atendiendo a los acuerdos tomados en la XII Reunión RACAL, celebrada en
la Ciudad de Guatemala, Guatemala, el 2 de setiembre de 2004, RACAL es
la Sección de la International Association of Environmental Analytical
Chemistry, IAEAC, en América Latina, cuyas actividades conjuntas serán
reguladas mediante acuerdos.
Artículo
2o. Domicilio: el domicilio de la Red se establece en América
Latina y su sede en el país del cual sea originario y resida, quien
funja como Presidente de Junta Directiva.
Artículo
3o. Objetivos de la Red:
3.1
Objetivo General.
Coordinar
actividades entre los diferentes países de América Latina, para la
gestión de la calidad ambiental.
3.2.
Objetivos específicos.
-
3.2.1.
Establecer mecanismos de cooperación técnica y científica, que
permitan el intercambio de recursos humanos para:
-
·
Formación de
Recursos Humanos de alto nivel mediante cursos técnicos,
especializaciones, diplomados, maestrías, doctorados, etc.
-
·
Capacitación
y actualización.
-
·
Consultorías
específicas.
-
3.2.2. Facilitar el
intercambio de información que permita la optimización del desempeño
analítico para generar con los recursos y medios disponibles, lo
siguiente:
-
·
Selección,
diseño y validación de metodologías analíticas.
-
·
Publicaciones técnico-científicas.
-
·
Programas de
estudio e investigación.
-
·
Acceso a
bancos de datos.
-
3.2.3.
Promover en los países de América Latina y el Caribe, la
asistencia a los eventos de la Red y su incorporación como miembros de
la misma.
-
3.2.4.
Desarrollar proyectos conjuntos, cuyos resultados sean de
beneficio común, para los países de la región.
-
3.2.5. Analizar las
normativas mundiales sobre contaminación ambiental, para el estudio de
su aplicabilidad en cada uno de los países miembros de la Red.
-
3.2.6. Elaborar un
inventario de recursos (humanos, infraestructurales, materiales, etc.)
de los países miembros de la Red y que el mismo, pueda ampliarse con
la información de nuevos integrantes.
CAPÍTULO II
De los Miembros
Artículo
4o. Participantes: son miembros de la Red las personas,
asociaciones, instituciones o empresas, que trabajen o tengan relación
directa con la ejecución de metodologías para el análisis ambiental,
necesarias para la evaluación de la calidad y protección del medio
ambiente en América Latina; cuya solicitud de ingreso sea aceptada por
la Junta Directiva y que cumplan con los requisitos establecidos en los
estatutos, reglamentos y disposiciones aprobadas por los participantes
en los eventos, que se desarrollen dentro del ámbito de la Red.
Los
miembros de RACAL, son miembros de la Internacional Association of
Environmental Analytical Chemistry, siempre que cumplan con las cuotas
establecidas.
Artículo
5o. Requisitos de ingreso: para ingresar y participar en la Red se
requiere:
5.1.
Pertenecer a laboratorios, centros de investigación, asociaciones,
instituciones o empresas, que trabajen en el campo analítico ambiental y
que propicien la protección del medio ambiente.
5.2.
Presentar solicitud de ingreso y comprometerse a cumplir los
estatutos de la Red, sus reglamentos y las resoluciones de la Junta
Directiva.
5.3.
Ser aceptado por la Junta Directiva..
5.4.
Comprometerse a cumplir las actividades proyectadas y el pago de las
cuotas establecidas por la Asamblea General.
Artículo
6o. Derechos de los miembros de RACAL: se consideran derechos de
los miembros:
6.1.
Tener voz y voto en las sesiones ordinarias y extraordinarias.
6.2.
Elegir y ser electo para desempeñar cualquier cargo dentro de la Red.
6.3. Solicitar apoyo
y respaldo de la Red, cuando un miembro lo requiera para cumplir con
los fines y objetivos de la misma.
6.4.
Requerir información acerca de los asuntos, logros, acuerdos y
disposiciones de la Red.
6.5.
Presentar ponencias y solicitudes ante la Junta Directiva de la Red o la
Asamblea General.
6.6 La condición de
miembro, se pierde si se incumple con el pago de dos cuotas y si no se
asiste a una convocatoria de la Red. Para mantener la condición de
miembro si no se asiste a una convocatoria de la Red, deberá excusarse
por escrito.
CAPÍTULO III
Organismos de conducción y dirección de la Red.
Artículo
7o. Organismos de la Red: la Red para el Análisis de la Calidad
Ambiental en América Latina se integra de la siguiente forma:
7.1.
Asamblea General
7.2. Junta
Directiva
7.3.
Coordinado Titular y Suplente por país.
Artículo
8o. Asamblea General: constituye el organismo que representa la
autoridad máxima de la Red y se integra con los miembros de la misma,
tiene carácter permanente y celebrará sesión ordinaria cada dos años o
en forma extraordinaria, cuando lo decida la Junta Directiva o los 2/3
de los miembros.
Artículo
9o. Atribuciones: corresponden a la Asamblea General las siguientes
funciones:
9.1. Elegir cada cuatro años en sesión ordinaria a los miembros de
Junta Directiva.
9.2. Conocer y resolver acerca de los informes de actividades
realizadas por la Junta Directiva.
9.3. Conocer
y resolver las propuestas y mociones que se presenten por escrito.
9.4.
Conocer y aprobar el balance económico de la Red.
9.5. Los acuerdos de
Asamblea General son válidos con una mayoría simple. En caso de empate
el Presidente de la Junta Directiva, tendrá voto de calidad, dos votos,
para eliminar el empate.
Artículo
10o. Sede de la Junta Directiva: como sede para la Junta Directiva
de la Red para el Análisis de la Calidad Ambiental en América Latina,
se designará a la Asociación o Institución, a la cual pertenece la
persona que sea electa como Presidente de la Junta Directiva. Ésta se
integra de la siguiente forma:
-
Presidente.
-
Vicepresidente.
-
Tesorero.
Artículo
11o. Elección: la Junta Directiva será electa en Asamblea
General, de acuerdo a la convocatoria para tal efecto. Se elegirá a
tres miembros que de preferencia sean representantes de las subregiones,
que conforman América Latina,. Uno de los tres será propuesto por la
Asamblea General como representante de RACAL ante la IAEAC.
Inmediatamente después de la elección de la Junta Directiva, en la
primera reunión de ésta, sus integrantes elegirán de su seno los cargos
de Presidente, Vicepresidente y Tesorero. Posteriormente el que resulte
Presidente informará a los restantes miembros de la Red, la distribución
en cada uno de los tres cargos, que serán ocupados durante cuatro años a
partir de la fecha de elección.
Artículo
12o. Funciones: se asignan a la Junta Directiva, las funciones
siguientes:
12.1.
Cumplir y velar para que los miembros de la Red cumplan los
estatutos, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.
12.2.
Representar a la Red en cualquier actividad o acción que se
ejecute derivado de los acuerdos aprobados.
12.3.
Promover actividades para mantener y ampliar la cobertura de la
Red.
12.4.
Autorizar los gastos de funcionamiento.
12.5.
Elaborar un plan de trabajo y presupuesto anual, así como los
informes sobre actividades realizadas y estados
financieros de la Red, para someterlos a consideración de la Asamblea
General.
12.6.
Gestionar y promover los mecanismos de comunicación de la Red.
12.7. Convocar a
la Asamblea General para sesiones ordinarias y extraordinarias cuando se
estime necesario.
12.8. Buscar apoyo
financiero y patrocinio con asociaciones, empresas e instituciones
nacionales o internacionales, para sufragar los gastos de
funcionamiento y logro de objetivos de la Red.
12.9. Someter a
discusión ante la Asamblea General las propuestas y mociones que se
presenten por escrito.
Artículo 13o. Coordinador Titular y Suplente por país: en cada
país que tenga representación la Red RACAL deberá establecerse un equipo
de trabajo, para lo cual debe elegirse a un Coordinador Titular y a un
Coordinador Suplente; éstos serán electos cada vez que se elija a la
Junta Directiva. El Coordinador Titular, será responsable de conducir
las actividades de la Red en cada país. Si el Coordinador Titular tiene
impedimento o no puede concluir sus funciones, será sustituido por el
Coordinador suplente, quien deberá asumir las funciones del Coordinador
Titular.
Artículo
14o. Funciones del Coordinador Titular:
en cada país
el Coordinador Titular tendrá las funciones siguientes:
- Coordinar las
actividades de la Red en cada país.
-
Establecer nuevos contactos para la conformación del grupo RACAL, por
país.
-
Definir los objetivos y necesidades por país.
-
Elaborar el plan de trabajo bienal, mismo que tendrá el aval de RACAL
para su desarrollo.
-
Contactar instituciones de apoyo científico y económico, para el
financiamiento y soporte de actividades proyectadas.
-
Establecer los mecanismos de comunicación con la Junta Directiva de la
Red, para el seguimiento y ejecución del trabajo en el ámbito local e
internacional.
CAPÍTULO
IV
Disposiciones Transitorias y Finales
Artículo
15o. Modificaciones: los presentes estatutos únicamente podrán ser
modificados por resolución de 2/3 de los delegados en la Asamblea
General, convocada para el efecto.
Los
Estatutos iniciales de RAQAL, fueron aprobados por unanimidad en la
ciudad de Oaxaca, México, el catorce de octubre de mil novecientos
noventa y tres, durante la III Reunión de RAQAL, realizada en el marco
del III Simposio Internacional de Química Analítica Ambiental y
Sanitaria.
El
veintidós de setiembre de mil novecientos noventa y nueve en la Ciudad
de Lima República del Perú, se solicitó la modificación del nombre de
la Red, el cual por acuerdo de la Asamblea General se cambió por: RED
PARA EL ANÁLISIS DE LA CALIDAD AMBIENTAL EN AMÉRICA LATINA, RACAL,
aprobándose en esa fecha la primera modificación a los estatutos.
Con
la finalidad de viabilizar algunos acuerdos que permitan hacer operativo
el trabajo y optimizar los resultados del mismo, el dieciséis de julio
de dos mil tres, durante la XI Reunión ordinaria que tuvo lugar en la
Ciudad de Panamá, se aprobó la segunda modificación de estatutos.
El
dos de setiembre de dos mil cuatro en la Ciudad de Guatemala, se aprobó
la tercera modificación para viabilizar los acuerdos de la XII Reunión
RACAL.
Se
imprimen estos estatutos el 2 de setiembre de dos mil cuatro en la
Ciudad de Guatemala.