International Association of Environmental Analytical Chemistry - IAEAC

RACAL

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RACAL:

RED  PARA EL ANÁLISIS DE LA CALIDAD AMBIENTAL EN AMÉRICA LATINA

 

AGRADECIMIENTO:

                             La Red para el Análisis de la Calidad Ambiental en América Latina  Agradece la valiosa colaboración técnica, científica y económica brindada por la Cooperación Suiza para el Desarrollo  COSUDE,  y la Asociación Internacional de Química Analítica Ambiental  IAEAC , así como a las instituciones que contribuyen al  logro de sus objetivos.

 

ESTATUTOS

 RED PARA EL ANÁLISIS DE LA CALIDAD AMBIENTAL EN AMÉRICA LATINA - RACAL -

 CAPÍTULO I

Definición, objeto e integración

Artículo 1o. Definición:  la Red para el Análisis Químico Ambiental en América Latina,  RAQAL, se constituyó el 20 de marzo de 1991, como resultado de las resoluciones del primer Taller de  Química Analítica para la protección del ambiente en América Latina, efectuado en San José Costa Rica. 

 Derivado de la ampliación en cuanto a la cobertura de trabajo, para brindar apoyo y participación a miembros de otras instituciones y laboratorios que desarrollan otro tipo de metodología para el análisis ambiental, el 22 de septiembre de 1999, en la Ciudad de Lima República del Perú, se solicitó la modificación  del nombre de la Red, el cual por Acuerdo de la Asamblea General se cambió por: RED PARA EL ANÁLISIS DE LA CALIDAD AMBIENTAL EN AMÉRICA LATINA, RACAL.

 Atendiendo a los acuerdos tomados en la XII Reunión RACAL, celebrada en la Ciudad de Guatemala, Guatemala, el 2 de setiembre de  2004, RACAL es la Sección de la  International Association of Environmental Analytical Chemistry, IAEAC, en América Latina, cuyas actividades conjuntas serán reguladas mediante acuerdos.

 Artículo 2o. Domicilio:  el domicilio de la Red se establece en América Latina y su sede en el país del cual sea originario y resida,  quien funja como Presidente de Junta Directiva.

 Artículo 3o. Objetivos de la Red: 

 3.1 Objetivo General.

 Coordinar actividades entre los diferentes países de América Latina, para la gestión de la calidad ambiental.

 3.2. Objetivos específicos.

3.2.1.  Establecer mecanismos de cooperación técnica y científica,  que permitan el intercambio de recursos humanos para:

·         Formación de Recursos Humanos de alto nivel  mediante cursos técnicos, especializaciones, diplomados, maestrías, doctorados, etc.

·         Capacitación y actualización.

·         Consultorías específicas.

 3.2.2.  Facilitar el intercambio de información que permita la optimización del desempeño analítico para generar con los recursos y medios disponibles, lo siguiente: 

·         Selección, diseño y validación de metodologías analíticas.

·         Publicaciones técnico-científicas.

·         Programas de estudio e investigación.

·         Acceso a bancos de datos.

3.2.3.  Promover en los países de América Latina y el Caribe,  la asistencia a los eventos de la Red y su incorporación como miembros de la misma.  

3.2.4.  Desarrollar proyectos conjuntos, cuyos resultados sean de beneficio común, para los países de la región.

3.2.5.  Analizar las normativas mundiales sobre contaminación ambiental, para el estudio de su  aplicabilidad  en cada uno de los países miembros de la Red.

3.2.6.   Elaborar un inventario de recursos (humanos, infraestructurales, materiales, etc.)  de los países  miembros de la Red y  que el mismo,  pueda ampliarse con la información de nuevos integrantes.

CAPÍTULO II

De los Miembros 

Artículo 4o. Participantes:  son miembros de la Red  las personas, asociaciones, instituciones o empresas, que trabajen o tengan relación directa con la ejecución de metodologías para el  análisis ambiental,  necesarias para la evaluación de la calidad y protección del medio ambiente en América Latina;  cuya solicitud de ingreso sea aceptada por la Junta Directiva y que cumplan con los requisitos establecidos en los estatutos, reglamentos y disposiciones aprobadas por los participantes en los eventos, que se desarrollen dentro del ámbito  de la Red.  Los miembros de RACAL, son miembros de la Internacional Association of Environmental Analytical Chemistry, siempre que cumplan con las cuotas establecidas. 

Artículo 5o. Requisitos de ingreso: para ingresar y participar en la Red se requiere:

5.1.       Pertenecer a laboratorios, centros de investigación,  asociaciones, instituciones o empresas, que trabajen en el campo analítico ambiental y que propicien la protección del medio ambiente.

5.2.     Presentar solicitud de ingreso y comprometerse a cumplir  los estatutos de la Red, sus reglamentos y las resoluciones de la Junta Directiva.

5.3.       Ser aceptado por la Junta Directiva..

5.4.      Comprometerse a cumplir las actividades proyectadas y el pago de las cuotas establecidas por la Asamblea General.

Artículo 6o. Derechos de los miembros de RACAL:  se consideran derechos de los miembros:

6.1.      Tener voz y voto en las sesiones ordinarias y extraordinarias.

6.2.      Elegir y ser electo para desempeñar cualquier cargo dentro de la Red.

6.3.     Solicitar  apoyo y respaldo de la Red, cuando un miembro lo requiera para  cumplir con    los fines y  objetivos de la misma.

6.4.      Requerir información acerca de los asuntos, logros, acuerdos y disposiciones de la Red.

 6.5.      Presentar ponencias y solicitudes ante la Junta Directiva de la Red o la Asamblea General.

 6.6     La condición de miembro, se pierde si se incumple con el pago de dos cuotas y si no se asiste a una convocatoria de la Red.  Para mantener la condición de miembro si no se asiste a una convocatoria de la Red, deberá excusarse por escrito.

 CAPÍTULO III

Organismos de conducción y dirección de la Red.

 Artículo 7o. Organismos de la Red:  la Red para el Análisis de la Calidad Ambiental en América Latina se integra de la siguiente forma:

7.1. Asamblea General

7.2. Junta Directiva

7.3. Coordinado Titular y Suplente por país.

Artículo 8o. Asamblea General: constituye el organismo que representa la autoridad máxima de la Red y se integra con los miembros de la misma, tiene carácter permanente y celebrará sesión ordinaria cada dos años o en forma extraordinaria, cuando lo decida la Junta Directiva o los 2/3 de los miembros.

 Artículo 9o. Atribuciones: corresponden a la Asamblea General las siguientes funciones:

 9.1.    Elegir cada cuatro años en sesión ordinaria a los miembros de Junta Directiva.

 9.2.    Conocer y resolver acerca de los informes de actividades realizadas por la Junta Directiva.

 9.3.    Conocer y resolver  las  propuestas y mociones que se presenten por escrito.

 9.4.    Conocer y aprobar el balance económico de la Red.

 9.5.    Los acuerdos de Asamblea General son válidos con una mayoría simple.  En caso de empate el Presidente de la Junta Directiva, tendrá  voto de calidad, dos votos, para eliminar el empate.

 Artículo 10o. Sede de la Junta Directiva:  como sede para la Junta Directiva  de la Red para el Análisis de la Calidad Ambiental en América Latina,  se designará a la Asociación o Institución, a la cual pertenece la persona que sea electa como Presidente de la Junta Directiva.   Ésta se integra  de la siguiente forma:

Presidente.
Vicepresidente.
Tesorero.

 Artículo 11o.  Elección: la Junta Directiva  será electa en  Asamblea General, de acuerdo a la convocatoria para tal efecto.    Se elegirá a tres miembros que de preferencia sean representantes de las subregiones, que conforman América Latina,. Uno de los tres será propuesto por la Asamblea General como representante de RACAL ante la IAEAC.  Inmediatamente después de la elección de la Junta Directiva, en la primera reunión de ésta, sus integrantes elegirán de su seno los cargos de Presidente, Vicepresidente y Tesorero.  Posteriormente el que resulte Presidente informará a los restantes miembros de la Red, la distribución en cada uno de los tres cargos, que serán ocupados durante cuatro años a partir de la fecha de elección.

 Artículo 12o.  Funciones: se asignan a la Junta Directiva, las funciones siguientes:

12.1.  Cumplir y velar para que los miembros de la Red cumplan los estatutos, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.  

12.2.    Representar a la Red en cualquier actividad o acción que se ejecute derivado de los acuerdos aprobados. 

12.3.    Promover actividades para mantener y ampliar la cobertura de la Red.

12.4.     Autorizar los gastos de funcionamiento.

12.5.  Elaborar un plan de trabajo y presupuesto anual, así como los informes sobre actividades realizadas y estados financieros de la Red, para someterlos a consideración de la Asamblea General.

12.6.    Gestionar  y promover  los mecanismos de comunicación de la Red.

 12.7.  Convocar a la Asamblea General para sesiones ordinarias y extraordinarias cuando se estime necesario.

 12.8.  Buscar apoyo financiero y patrocinio con asociaciones, empresas e instituciones nacionales o internacionales,  para sufragar los gastos de funcionamiento y logro de objetivos de la Red.

 12.9.  Someter a discusión  ante la Asamblea General las propuestas y mociones que se presenten por escrito.

Artículo 13o.   Coordinador Titular y Suplente por país:  en cada país que tenga representación la Red RACAL deberá establecerse un equipo de trabajo, para lo cual debe elegirse a un Coordinador Titular y a un  Coordinador Suplente; éstos serán electos cada vez que se elija a la Junta Directiva.  El Coordinador Titular, será responsable de conducir las actividades de la Red en cada país.  Si el Coordinador Titular tiene impedimento o no puede concluir sus funciones, será sustituido por el Coordinador suplente, quien deberá asumir las funciones del Coordinador Titular.

 Artículo 14o.  Funciones  del Coordinador Titular: en cada país el Coordinador Titular  tendrá las funciones siguientes:

Coordinar las actividades de la Red en cada país.
Establecer nuevos contactos para la conformación del grupo RACAL, por país.
Definir los objetivos y necesidades por país.
Elaborar el plan de trabajo bienal, mismo que tendrá el aval de RACAL para su desarrollo.
Contactar instituciones de  apoyo científico y económico, para el financiamiento y soporte de actividades proyectadas.
Establecer los mecanismos de comunicación con la Junta Directiva de la Red, para el seguimiento y ejecución del trabajo en el ámbito local e internacional.

  CAPÍTULO IV

Disposiciones Transitorias y Finales

 Artículo 15o. Modificaciones: los presentes estatutos únicamente podrán ser modificados por resolución de 2/3 de los delegados en la Asamblea General, convocada para el efecto.

Los Estatutos iniciales de RAQAL, fueron aprobados por unanimidad en la ciudad de Oaxaca, México, el catorce de octubre de mil novecientos noventa y tres, durante la III Reunión de RAQAL, realizada en el marco del III Simposio Internacional de Química Analítica Ambiental y Sanitaria.

El veintidós de setiembre de mil novecientos noventa y nueve en la Ciudad de Lima República del Perú, se solicitó la modificación  del nombre de la Red, el cual por acuerdo de la Asamblea General se cambió por:  RED PARA EL ANÁLISIS DE LA CALIDAD AMBIENTAL EN AMÉRICA LATINA, RACAL, aprobándose en esa fecha la primera modificación a los estatutos.

Con la finalidad de viabilizar algunos acuerdos que permitan hacer operativo el trabajo y optimizar los resultados del mismo, el dieciséis de  julio de dos mil tres, durante la XI Reunión ordinaria que tuvo lugar en la Ciudad de Panamá, se aprobó la segunda modificación de estatutos.

El dos de setiembre de dos mil cuatro en la Ciudad de Guatemala, se aprobó la tercera modificación para viabilizar los acuerdos de la XII Reunión RACAL.

Se imprimen estos estatutos el 2 de setiembre de dos mil cuatro en la Ciudad de Guatemala.

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